Una frase pronunciada en el Concejo Deliberante abrió una discusión que va mucho más allá de la pelea política. Si un concejal afirma que existe un hecho de corrupción y asegura tener pruebas, ¿corresponde que las presente ante la Justicia o puede limitarse a pedir que otros lo hagan?
Hay frases que pasan desapercibidas en una sesión del Concejo Deliberante.
Y hay otras que, una vez pronunciadas, obligan a hacer una pregunta incómoda.
El concejal Bastías afirmó públicamente que estaba frente a “un hecho de corrupción” y sostuvo que tenía pruebas para decirlo.
Hasta ahí, una denuncia política.
El problema comienza después.
Porque si un funcionario público afirma que conoce un hecho que considera delictivo y asegura que tiene elementos para demostrarlo, aparece una cuestión que ya no es solamente política ni comunicacional.
¿Qué hizo con esas pruebas?
La pregunta es sencilla.
Y justamente por eso resulta incómoda.
Concejal denuncia corrupción y dice tener pruebas: ¿qué corresponde hacer?
Un concejal no está obligado a resolver una investigación penal.
No es fiscal.
No es juez.
No tiene que determinar por sí mismo si una conducta constituye delito.
Pero sí tiene herramientas institucionales y, cuando toma conocimiento de determinados hechos en razón de su función, puede existir además una obligación legal de ponerlos en conocimiento de las autoridades competentes.
En el sistema republicano, denunciar públicamente una presunta irregularidad es una cosa.
Aportar las pruebas para que sea investigada es otra.
Una declaración desde la banca puede generar repercusión.
Una publicación en redes puede conseguir miles de reproducciones.
Un video puede transformarse en munición política.
Pero ninguna de esas cosas reemplaza una denuncia formal cuando lo que se afirma es la existencia de un delito.
Y mucho menos reemplaza la prueba.
“Tengo las pruebas”: la frase que cambia todo
Hay una diferencia importante entre decir:
“Tengo dudas sobre determinada situación”.
Y decir:
“Esto es un hecho de corrupción porque tengo las pruebas para decirlo”.
La segunda afirmación tiene un peso completamente diferente.
Porque ya no estamos hablando solamente de una sospecha.
El propio concejal está afirmando que existen elementos concretos que permiten sostener una acusación de corrupción.
Entonces la pregunta periodística aparece casi sola:
Si las pruebas existen, ¿por qué no están en la Justicia?
No se trata de exigirle a un concejal que condene a nadie.
Todo lo contrario.
Se trata de pedir que, si realmente existen elementos probatorios, sean puestos a disposición de quienes tienen competencia para investigarlos.
La Justicia podrá determinar si hubo delito.
Podrá determinar si no lo hubo.
Podrá archivar.
Podrá investigar.
Podrá citar personas.
Podrá pedir documentación.
Podrá avanzar o descartar la hipótesis.
Pero esa decisión no corresponde a las redes sociales.
El extraño recorrido de una denuncia
Hay algo particularmente llamativo cuando una denuncia hace este recorrido:
Primero aparece la acusación.
Después aparece la frase “tengo las pruebas”.
Luego llega la publicación en redes.
Después la repercusión política.
Y finalmente aparece un pedido para que otro lleve las pruebas a la Justicia.
Ahí surge una contradicción difícil de ignorar.
Si quien denuncia dice tener la prueba, ¿por qué debería ser otro funcionario quien la presente?
¿Por qué el concejal que afirma conocer el hecho no se presenta personalmente ante el Ministerio Público Fiscal?
¿Por qué no acompaña la documentación?
¿Por qué no identifica el expediente?
¿Por qué no solicita formalmente que se investigue?
La cuestión no es menor.
Porque si se trata de una denuncia verdadera, llevarla ante la autoridad competente fortalece el planteo.
Y si no existen pruebas suficientes, la Justicia será precisamente el ámbito adecuado para determinarlo.
El Concejo no debería convertirse en una fiscalía de redes sociales
El Concejo Deliberante tiene una función de control político e institucional.
Los concejales pueden cuestionar al Ejecutivo.
Pueden pedir informes.
Pueden solicitar documentación.
Pueden investigar administrativamente.
Pueden exigir explicaciones.
Y pueden recurrir a la Justicia cuando consideran que existe una conducta que podría constituir un delito.
Lo que resulta problemático es utilizar una acusación de corrupción como argumento político y dejar la investigación en manos de terceros.
Porque entonces aparece una lógica bastante particular:
“Yo tengo las pruebas, pero que las lleve otro”.
Es como llamar a los bomberos y explicar que uno tiene el incendio perfectamente identificado, pero que alguien más debería encargarse de avisar dónde queda.
La política tiene recursos infinitos para las metáforas.
La Justicia, en cambio, necesita expedientes.
¿Está incumpliendo su función de contralor?
Esta es probablemente la pregunta más delicada.
No puede afirmarse automáticamente que un concejal comete un delito simplemente porque realizó una denuncia pública y no acudió inmediatamente a la Justicia.
La responsabilidad concreta depende de las circunstancias.
Pero sí puede plantearse una cuestión institucional legítima:
¿Está cumpliendo adecuadamente con su deber de control si afirma tener pruebas de corrupción y no las pone a disposición de los organismos competentes?
La respuesta no debería surgir de una pelea entre oficialismo y oposición.
Debería surgir de la normativa y de los hechos concretos.
Y especialmente de algo muy sencillo:
qué hizo realmente el concejal después de afirmar que tenía las pruebas.
Porque si presentó una denuncia, existe un expediente.
Si aportó documentación, debería existir constancia.
Si solicitó una investigación, debería poder identificarse.
Si no hizo nada de eso, entonces también existe una pregunta legítima sobre su conducta institucional.
La denuncia como herramienta política
La política argentina conoce perfectamente el valor de una denuncia.
Una acusación de corrupción genera atención.
Una acusación de corrupción acompañada por la frase “tengo las pruebas” genera todavía más.
Y una acusación de corrupción dicha en una sesión y posteriormente difundida en redes puede convertirse rápidamente en contenido político.
El problema aparece cuando la denuncia se transforma en el final del camino, cuando en realidad debería ser el principio.
Porque denunciar corrupción no significa solamente señalar con el dedo.
Significa también estar dispuesto a sostener la acusación donde corresponde.
Y eso implica documentos, nombres, fechas, expedientes y pruebas.
No solamente publicaciones.
Si las pruebas existen, que aparezcan
La cuestión puede resumirse en una pregunta.
No hacen falta cien discursos.
No hacen falta veinte publicaciones.
No hace falta una guerra de comentarios.
¿Dónde están las pruebas que el concejal afirma tener?
Si fueron presentadas ante la Justicia, perfecto.
Que se investigue.
Si todavía no fueron presentadas, la pregunta es por qué.
Y si el concejal considera que corresponde que otro funcionario realice la denuncia, también debería explicar por qué no lo hace él mismo teniendo, según sus propias palabras, los elementos probatorios.
Porque hay algo que debería estar claro.
Una denuncia política puede iniciar una discusión. Una prueba puede iniciar una investigación.
Son cosas diferentes.
El verdadero control empieza después de la cámara
El ejercicio del control institucional no debería terminar cuando se apaga el micrófono del Concejo Deliberante.
Tampoco cuando termina una transmisión en Facebook.
Mucho menos cuando desaparece la publicación de la portada de las redes.
Si existe un hecho de corrupción, debe investigarse.
Si existen pruebas, deben aportarse.
Si no existe delito, deberá determinarlo la autoridad correspondiente.
Y si una acusación no puede sostenerse, también habrá que asumir las consecuencias políticas de haberla formulado.
Por eso, la pregunta no es si Bastías tiene derecho a denunciar.
Por supuesto que lo tiene.
La pregunta es otra.
Si afirma tener pruebas de corrupción, ¿por qué pide que otros las lleven a la Justicia en lugar de presentarlas él mismo?
Ahí está el verdadero punto.
Porque un concejal puede hacer política desde una banca.
Puede hacer oposición.
Puede denunciar.
Puede cuestionar.
Puede hablarle a sus votantes.
Pero cuando afirma tener pruebas de un delito, aparece una responsabilidad que excede el algoritmo.
Hay que poner las pruebas sobre la mesa.
Y si realmente están ahí, la Justicia sabrá qué hacer con ellas.
Porque al final del día, las redes sociales pueden fabricar tendencia; lo que no pueden fabricar es una prueba judicial.

