Mientras el Gobierno impulsa una modificación puntual del Código Procesal Civil y Comercial, el Superior Tribunal de Justicia avanza con una reforma estructural que transforma la gestión judicial. Ambas buscan agilizar la Justicia, pero con enfoques radicalmente distintos. ¿Se complementan o están destinadas a colisionar?
San Luis se encuentra en una etapa de transformación judicial sin precedentes. En simultáneo, dos iniciativas que apuntan a mejorar el funcionamiento de la Justicia provincial avanzan desde caminos distintos. Por un lado, el Gobierno provincial presentó un proyecto de reforma del Código Procesal Civil y Comercial, centrado en fijar plazos estrictos para dictar resoluciones y establecer consecuencias disciplinarias por incumplimientos. Por el otro, el Superior Tribunal de Justicia (STJSL) impulsa una reforma profunda, de carácter estructural, que redefine la organización interna del Poder Judicial a través de las denominadas Oficinas de Gestión Unificada (OGU).
Ambas reformas se inspiran en un diagnóstico común: la morosidad judicial, las demoras estructurales en la tramitación de expedientes, el colapso de juzgados con múltiples funciones, y la creciente exigencia social por una justicia rápida, eficiente y previsible. También comparten fundamento constitucional y supranacional: el derecho al plazo razonable, consagrado en tratados internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica, que tiene jerarquía constitucional en Argentina.
Sin embargo, los caminos elegidos para atacar el problema difieren tanto en enfoque como en profundidad.
La reforma del Gobierno, elaborada en conjunto con los colegios de abogados de las tres circunscripciones judiciales, propone modificar los artículos 34, 36 y 167 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia. El foco está puesto en acotar el uso de las “medidas para mejor proveer”, muchas veces utilizadas como excusa para dilatar sentencias, y en fijar plazos procesales rígidos: 20 a 30 días para sentencias interlocutorias, 60 a 90 días para sentencias definitivas. El incumplimiento de estos plazos no sólo acarrea sanciones, sino que implicará directamente la pérdida de jurisdicción por parte del juez, dejando nula toda sentencia dictada fuera de término.
Por su parte, la reforma promovida por el Superior Tribunal de Justicia, mediante el Acuerdo N.º 171-STJSL-SA-2025, no se concentra en normas procesales, sino en el modelo de gestión judicial. Propone una reorganización total del sistema, introduciendo Oficinas de Gestión Unificada que separen claramente las tareas jurisdiccionales de las administrativas, y profesionalicen los procesos internos. Este nuevo modelo busca implementar oralidad efectiva, protocolos de trabajo por audiencia, y la conformación de equipos técnicos que liberen al juez de tareas que hoy lo sobrecargan.
El STJSL defiende este modelo con argumentos técnicos y experiencia comparada. De hecho, contó con el asesoramiento de especialistas como Héctor Chayer y Martín Alfandari, referentes regionales en innovación judicial. También sostiene que este modelo ya comenzó a aplicarse parcialmente en San Luis, con resultados prometedores, pero que fue interrumpido por una medida cautelar en 2024, luego revocada.
La diferencia más notoria entre ambas reformas está en su enfoque estructural vs. normativo. Mientras que el proyecto del Ejecutivo busca corregir desde la ley procesal conductas judiciales individuales, el STJ pretende cambiar la matriz misma del funcionamiento interno del Poder Judicial. Uno sanciona al juez que incumple; el otro propone evitar el incumplimiento a través de un rediseño institucional.
La coincidencia en los tiempos en que ambas reformas avanzan genera una pregunta inevitable: ¿se potenciarán mutuamente o se bloquearán entre sí? ¿Puede convivir una justicia con plazos estrictos sin una estructura que le permita cumplirlos? ¿O la reestructuración organizativa del STJSL necesita normas procesales que respalden su implementación?
La ciudadanía demanda una justicia más ágil, cercana y eficiente. Pero también espera coordinación entre los poderes del Estado. Si cada reforma avanza por su cuenta, existe el riesgo de generar superposiciones, incompatibilidades o incluso conflictos institucionales. Por el contrario, si se articula un diálogo real entre Ejecutivo, Legislativo y Judicial, San Luis podría convertirse en un modelo nacional de innovación judicial.
En ese escenario, ambas propuestas podrían no solo complementarse, sino potenciarse. El tiempo dirá si se trata de dos reformas para una misma justicia, o de dos visiones que no logran encontrarse.